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Verano: ¿cómo son los protocolos para viajar en trenes y micros?

El Gobierno definió las medidas de prevención y los protocolos sanitarios que deberán cumplir las empresas de transporte durante el verano.

A dos semanas del inicio de la temporada de verano en Argentina, el gobierno nacional reglamentó los protocolos que deberán cumplir las empresas de transporte: trenes y micros de media y larga distancia durante las vacaciones.

A través de la Decisión Administrativa 2057/2020 publicada en el Boletín Oficial se relevó del ASPO a las actividades vinculadas al transporte de larga distancia por vía terrestre, ferroviaria o aérea; al tiempo que se definen las capacidades máximas, el uso del aire acondicionado y distintas medidas de prevención para evitar la propagación del virus.

Por caso y en vista del verano, entre los protocolos de transporte terrestres se establece un tope de pasajeros para los micros de media y larga distancia según la capacidad de cada unidad.

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Micros de larga distancia se alistan para el verano.

“En los micros de media y larga distancia la capacidad máxima será de 37 pasajeros en los vehículos ´Semi Cama´, de 26 en los denominados ´Cama Ejecutivo´ y de 18 en los ´Cama Suite´”, dice el documento, que marca la obligatoriedad de cumplir con las recomendaciones sobre distanciamiento social en el interior de los vehículos, de acuerdo las previsiones establecidas en los protocolos del sector.

Por otra parte, la resolución indica que se tendrá que “proveer elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón a los conductores y demás empleados que desarrollen tareas vinculadas a la actividad en las distintas instalaciones fijas de las empresas”; mientras que establece la implementación de los mecanismos necesarios para tomar la temperatura de los trabajadores, tripulantes y pasajeros, así como para la ventilación, desinfección y limpieza, en especial de los espacios comunes y sanitarios.

En otro orden, recomienda que en las unidades de transporte terrestre exista “una separación física que divida a usuarios y conductores", que deberá ser de material transparente para no afectar las condiciones de visibilidad ni comprometer la seguridad para brindar los servicios.

Respecto al uso del aire acondicionado, deberá funcionar en modo recirculación y cumplir con las 20 renovaciones de aire por hora en toda la unidad, aunque se detalla que podrá utilizarse "la mejor alternativa disponible supeditada a la evidencia científica”.

En sintonía, aclara que aunque el aire acondicionado permanezca encendido durante el trayecto, es necesario mantener “la totalidad de los ventiletes y/o ventanillas abiertas”.

Asimismo, se resolvió que antes y después de cada viaje se deberá desinfectar el interior de los vehículos "mediante un pulverizador rociador con una solución desinfectante a base de alcohol, lavandina u amoníaco u otro desinfectante que en el futuro se sugiera conforme nuevas evidencias científicas”.

Las disposiciones para los trenes.

En cuanto a los ferrocarriles, tanto de carga como de pasajeros, las empresas prestatarias tendrán que adoptar medidas concretas para evitar la aglomeración de personas principalmente dentro de las formaciones, por lo que podrán modificar el cronograma establecido y la frecuencia de salida.

Por caso, se exige el control de temperatura para conductores y guardas, a los que también serán sometidos los pasajeros antes de abordar el tren y al bajar; mientras que los trenes de larga distancia podrán circular con hasta un 60% de ocupación por coche, y con ventanillas abiertas cuando resulte posible. También se requerirá “la reposición de protectores para apoya-cabezas en cada servicio” y el "cambio de cortinados en cada viaje”.

Los vagones deberán estar señalizados “mediante demarcación en el piso de los coches, indicando la posición en que deben viajar eventuales pasajeros parados, y respetando la capacidad máxima de una persona de pie por metro cuadrado libre, sin asientos”.

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