A la hora planificar vacaciones, para muchos surge una decisión muy importante: qué hacer con sus mascotas. Ahora, una nueva normativa nacional habilita el traslado de animales domésticos en trenes y micros de larga distancia, una alternativa que muchos esperaban.
Vacaciones con mascotas: ahora podrán viajar en trenes y micros y estos son los requisitos
Planificar vacaciones con mascotas en Argentina ahora será más simple: trenes y micros de larga distancia habilitan su traslado con estos requisitos.
Vacaciones con mascotas: ahora también estará permitido llevarlas en trenes y micros de larga distancia.
La medida establece requisitos y responsabilidades tanto para los pasajeros como para las empresas. A continuación, todo lo que debés saber.
¿Cómo viajar con mascotas en trenes y micros?
La Resolución 2076/2025 de la Secretaría de Transporte autoriza que cada pasajero mayor de edad pueda viajar con una mascota en trenes y micros de larga distancia.
En estos casos, el animal deberá trasladarse dentro de un contenedor o transportín cerrado, diseñado para asegurar su protección y salubridad.
El transportín podrá ubicarse sobre la falda del dueño, debajo del asiento delantero o en el asiento contiguo a la ventana, siempre sujeto con el cinturón de seguridad. Durante todo el viaje, el pasajero será responsable del cuidado y comportamiento de su mascota.
Al abordar, o cuando el personal lo solicite, será obligatorio presentar la constancia de vacunación antirrábica vigente y cualquier otra documentación exigida por la normativa sanitaria aplicable.
Vacaciones con mascotas: responsabilidades para pasajeros y empresas
Quienes viajen con mascotas en trenes y micros de larga distancia deberán cumplir con las disposiciones administrativas vigentes y con las recomendaciones del Programa Nacional de Tenencia Responsable y Sanidad de Perros y Gatos. Además, será obligatorio acatar las condiciones sanitarias y las indicaciones que establezcan las empresas de transporte durante todo el recorrido.
El pasajero asumirá en todo momento la responsabilidad por el cuidado, el bienestar y la seguridad de su mascota. Ante cualquier inconveniente, deberá seguir las instrucciones del personal para garantizar la convivencia a bordo.
Entre los principales puntos que fija la normativa, se destacan:
- Cantidad permitida: se autoriza el traslado de un solo animal doméstico por pasajero mayor de edad y un único animal por transportín o contenedor habilitado.
- Condiciones de traslado: la mascota deberá viajar dentro de un contenedor cerrado, ubicado sobre la falda del pasajero cuando sea posible, debajo del asiento delantero o en el asiento contiguo, siempre sujeto con el cinturón de seguridad.
- Requisitos sanitarios: será obligatoria la vacunación antirrábica vigente y cualquier otra certificación exigida, que deberá presentarse al abordar o cuando el personal lo requiera.
Por su parte, las empresas de transporte podrán definir eventuales restricciones vinculadas con especies, razas, peso, tamaño y características de los animales admitidos, además de establecer requisitos operativos específicos.
- Días, horarios y recorridos: las compañías podrán organizar servicios y frecuencias diferenciadas para pasajeros que viajen con mascotas.
- Espacios en estaciones y terminales: deberán contar con áreas señalizadas y acondicionadas para la espera y el abordaje.
- Limpieza y desinfección: será obligatorio aplicar protocolos posteriores al traslado para que los asientos queden aptos para otros pasajeros.
La resolución aclara que los perros guía o de asistencia destinados a personas con discapacidad quedan excluidos de estas disposiciones, ya que se rigen por un marco normativo específico que garantiza su libre acceso.
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